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Estimados padres:
El día 29 de marzo de 2010 apareció publicado en el BORM la Resolución de 9 de marzo de 2010, del Director Gerente del Servicio Murciano de Salud, sobre adaptación del Catálogo General de Prestaciones Ortoprotésicas, al Real Decreto 1030/2006.
El Texto Refundido de la Ley de la Seguridad Social establece en su artículo 108 que “la Seguridad Social facilitará, en todo caso, la prótesis quirúrgicas fijas y las ortopédicas permanentes o temporales, así como su oportuna renovación”.
Con la Resolución del Gerente del Servicio Murciano de Salud, se consideran incluidos la renovación de los componentes o elementos externos del implante coclear en el Catalogo General de Prestaciones Ortoprotésicas aplicable por el Servicio Murciano de Salud en los siguientes términos:
DESCRIPCIÓN PLAZO RENOVACIÓN APORTACIÓN MÁXIMA SMS REQUIERE VISADO Procesador 7 años 6000 € Si Bobina/ Antena 2 años 230 € Si Micrófono 4 años 380 € Si
El derecho a la renovación del producto debe acreditarse en el informe del facultativo prescriptor (causas clínicas, deterioro del producto, mal funcionamiento u otras causas justificadas, NO se concederá por el mal trato del usuario).
Para acceder a la prestación se deberá aportar prescripción e informe justificativo del facultativo especialista en Otorrinolaringología, de centros sanitarios del SMS o centros concertados con el mismo, donde se realicen implantes cocleares.
Excepcionalmente podrá concederse la renovación anticipada de los productos ortoprotésicos cuando concurran alguna de las circunstancias recogidas en la Resolución.
El abono directo de la prestación ortoprotésica al establecimiento dispensador, tiene por objeto permitir al usuario acceder a la prestación, sin tener que adelantar el importe, una vez las comprobaciones oportunas.
Para más información pueden consultar con la Trabajadora Social.
Fuente: http://www.carm.es/borm/documento?obj=anu&id=398368 |